Tras la reciente entrada en vigor de la Ley del emprendedor y su Internacionalización (ley de emprendimiento), se espera que aumente el número, ya creciente, de extranjeros que invierten en inmuebles en España, con la finalidad de obtener un visado y un permiso de residencia español.
Todo aquel extranjero interesado en adquirir un bien inmueble debe conocer los gastos que acarrea la compra, así como estar familiarizado con el sistema de tributos español. De esta manera, el inversionista podrá conocer la rentabilidad de su inversión, y el importe total que conllevará dicha transacción.
En la presente nota nos vamos a centrar en los gastos más habituales vinculados con la compraventa de inmuebles. En nuestra página web podrán encontrar otra nota sobre los principales impuestos asociados a la adquisición de inmuebles.
Los principales gastos son los siguientes:
- los gastos notariales que se generen por la escritura pública,
- los gastos registrales: inscripción del título en el registro de la propiedad
A continuación, nos centraremos en cada uno de los tipos de gastos arriba referidos.
Gastos de notaría asociados a la compra de un inmueble
Se producen por el otorgamiento de la escritura pública de compra-venta. Estos son fijados por un arancel fijo establecido por Ley (Real Decreto 1426/1989, 17 noviembre, por el que se aprueba el Arancel de los Notarios).
Esto implica que, en principio, los gastos notariales deberían ser los mismos para cualquier notario. Dicho arancel se determina en función de diversos criterios. Uno de los criterios principales es el importe del precio de la compraventa. Además se ha de tener en cuenta otros aspectos como la extensión de la escritura, es decir, el número de páginas de la misma.
Obviamente el arancel final a pagar dependerá igualmente del número de copias de la escritura pública de adquisición que se soliciten, así como del tipo de copias, es decir si se trata de una copia auténtica (primera copia o copia autorizada) o una copia no auténtica (copia simple).
Únicamente a título de ejemplo y partiendo de la base de que este cálculo es aproximativo, podríamos indicar que los aranceles notariales por la escritura pública de compraventa por un precio de 500.000 Euros podrían ascender a 800 Euros. Si además se otorga una escritura pública de hipoteca el arancel se incrementaría.
Arancel del Registro de la Propiedad
Este arancel comparte cierta similitud con el de notaría, ya que también viene regulado por normativa (Real Decreto 1427/1989, de 17 de noviembre, por el que se aprueba el Arancel de los Registradores de la Propiedad.). La cuantía depende del precio del inmueble y también pueden existir variaciones en supuestos específicos.
Por dar una aproximación y para un precio de 500.000 euros, el importe aproximado serían unos 400 Euros.
María Valencia
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