El almacenamiento de energía es un aspecto fundamental en la transición hacia fuentes de energía más sostenibles. El presente artículo presenta un resumen de la normativa vigente en España relacionada con las instalaciones de almacenamiento energético, destacando sus principales características y requisitos legales.
Consideraciones Generales sobre el almacenamiento de energía
La Estrategia de Almacenamiento Energético, esencial para garantizar la seguridad, calidad, sostenibilidad y rentabilidad del suministro, surge como herramienta clave para la gestión eficaz y flexible de la demanda energética. Esta estrategia permite almacenar energía en los momentos de máxima producción y liberarla cuando la demanda o la necesidad es mayor.
Además de mejorar la estabilidad de la red eléctrica, los sistemas de almacenamiento de energía optimizan la gestión de carga y descarga, lo que reduce las pérdidas de energía en la transmisión y distribución.
Los métodos de almacenamiento de energía son los siguientes:
- A gran escala (GW): hidroeléctrica reversible (bombeo) y almacenamiento térmico
- Almacenamiento en redes (MW: pilas y baterías, condensadores y superconductores y volantes de inercia
- A nivel de usuario final (kW): baterías, superconductores y volantes de inercia
Régimen Jurídico del almacenamiento de energía en España
En el marco normativo español, las instalaciones de almacenamiento energético se definen como aquellas que permiten diferir el uso final de la electricidad a un momento posterior a su generación, o que convierten la energía eléctrica en una forma que puede ser almacenada y reconvertida en electricidad a posteriori.
El régimen jurídico actual del almacenamiento de energía en España viene condicionado por diversas normativas y estrategias, cuyo conocimiento permite entender las razones subyacentes detrás de este marco regulatorio.
Estrategia de Almacenamiento Energético
Aprobada por el Consejo de Ministros a propuesta del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (MITECO), esta estrategia establece como objetivo aumentar la capacidad de almacenamiento energético de los 8,3 GW actuales a 20 GW en 2030 y 30 GW en 2050. Esta operativa es fundamental para el despliegue de energías renovables, garantizando la seguridad, calidad, sostenibilidad y rentabilidad del suministro energético.
Cabe recordar que los sistemas de almacenamiento energético son esenciales para la gestión y flexibilidad de la demanda energética, permitiendo almacenar energía durante los picos de producción y liberarla cuando la demanda es mayor. La estrategia del Gobierno busca cubrir esa necesidad en un plazo relativamente corto.
Reglamento (UE) 2022/2577 del Consejo de 22 de diciembre de 2022
El reglamento (UE) 2022/2577 establece un marco normativo para acelerar el despliegue de energías renovables, incluyendo proyectos de almacenamiento de energía. Entre otros, permite a los Estados miembros adoptar medidas que faciliten el almacenamiento, como eximir estos proyectos de la evaluación de impacto ambiental bajo ciertas condiciones, facilitando su integración en el sistema eléctrico.
Además de esta normativa, la regulación complementaria aborda la hibridación en el almacenamiento de energía, promoviendo la integración de sistemas de almacenamiento con instalaciones de generación de energía a partir de fuentes renovables. El artículo 27.2 del Real Decreto 1183/2020, de 29 de diciembre, que regula el acceso y conexión a las redes de transporte y distribución de energía eléctrica, establece las condiciones para la hibridación de instalaciones de generación con sistemas de almacenamiento. Asimismo, el reglamento hace referencia a las condiciones establecidas en la FAQ del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (MITECO), que aclara los hitos administrativos establecidos en el Real Decreto-ley 23/2020, de 23 de junio, sobre medidas en materia de energía y reactivación económica. Las instalaciones stand-alone también estarán sujetas a estos hitos, por ser consideradas instalaciones de generación.
Finalmente, cabe destacar que el régimen jurídico de las instalaciones de almacenamiento ha sido equiparado al de las instalaciones de generación, abarcando aspectos relacionados con la solicitud de acceso y conexión a la red eléctrica. Sin embargo, para las instalaciones hibridadas se establecen especificidades adicionales, como la obtención de varias autorizaciones: la Autorización Administrativa Previa, la Autorización Administrativa de Construcción y la Autorización de Explotación. También es necesaria la inscripción en el Registro Administrativo de Instalaciones de Producción de Energía Eléctrica.
Conclusión
En resumen, el régimen jurídico del almacenamiento energético en España refleja su papel fundamental en la transición hacia un modelo energético más sostenible. La Estrategia de Almacenamiento Energético y las normativas nacionales y europeas, proporcionan un marco para el desarrollo e integración de estos sistemas, reconociendo su relevancia en la gestión flexible de la demanda y en la estabilidad de la red eléctrica. Las instalaciones de almacenamiento están reguladas bajo un marco equiparable al de las instalaciones, con requisitos específicos en materia de autorizaciones, acceso a la red y fomento de la hibridación con energías renovables.
Este régimen normativo es crucial para alcanzar los objetivos de capacidad de almacenamiento previstos para 2030 y 2050, garantizando la sostenibilidad y eficiencia del suministro energético en España.
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