Régimen sancionador de la Ley de Protección de Datos de Carácter Personal
Tras la reforma del régimen sancionador de la LOPD, cuya potestad recae en la Agencia Española de Protección de datos, se establece que estarán sujetos al régimen sancionador de la LOPD tanto los responsables de los ficheros (entidades que traten datos personales de forma directa) como los encargados del tratamiento de dichos datos (entidades que tratan datos personales por encargo).