El término de copyleft es un juego de palabras que se puede traducir como izquierda de copia o permitida la copia, al contrario del significado de copyright que literalmente quiere decir derecho de copia. Se considera que una licencia libre es copyleft cuando, además de otorgar permisos de uso, copia, modificación y redistribución de la obra protegida, contiene una cláusula que impone una licencia similar o compatible a las copias y a las obras derivadas.
El desarrollo de las nuevas tecnologías y la necesidad de cooperación entre los creadores de programas informáticos a nivel mundial ha supuesto la necesidad de establecer un nuevo tipo de pacto social. Si copyright pretendía restringir el acceso a lo privado, y protegía la exclusiva explotación de las obras a favor del titular de este derecho, copyleft es un método inverso y tiene por objetivo mantener estas creaciones libres exigiendo a su vez que todas las versiones posteriores modificadas y derivadas de las mismas sean también distribuidas como libres. De esta manera se pretende garantizar la libertad de los que participan de forma comunitaria en la producción de programas libres u otros recursos intelectuales bajo la licencia de copyleft.
No obstante, la diferencia entre los programas informáticos libres y privativos no es tan grande, en el sentido de que ambos necesitan una licencia. La diferencia estriba en lo que permite cada una de las licencias.
De acuerdo con la normativa española (Real Decreto Legislativo 1/1996, de 12 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Propiedad Intelectual) y tratados internacionales no se puede explotar un programa sin el consentimiento expreso de su titular que habitualmente lo hace mediante una licencia. Pero la licencia no supone siempre una transferencia de propiedad sino el otorgamiento de ciertos derechos específicos de los que goza el autor. En derecho privativo éstos son normalmente derechos de uso y en caso de software libre también de distribución y modificación así como de defender algunos derechos de productor o la obligación de mantener el software libre en cada una de sus correlativas versiones.
Existe gran cantidad de licencias de software libre y su condicionamiento puede ser muy diverso. No obstante, de manera general podemos dividir las licencias en dos grandes bloques según sus características más importantes.
Las primeras serían las que no imponen ninguna condición en su segunda redistribución (licencias permisivas) y las segundas serían las que sí lo hacen (licencias robustas o copyleft).
Copyleft inicialmente fue desarrollado para la distribución de los programas informáticos. Los software, hoy en día tan conocidos, como Linux, Open Office o FireFox fueron creados como programas libres bajo copyleft.
Con el tiempo, el copyleft se ha extendido a ámbitos muy diversos, además del informático, también a la música, la edición, el derecho, el arte o el periodismo. Uno de los primeros y más conocidos proyectos que instauró las bases de las condiciones para las licencias de copyleft fue el proyecto de software libre ideado por la empresa GNU.
Fue en 1983 cuando Richard Stallman creó un proceso productivo de cooperación para la elaboración de un programa operativo libre de cualquier restricción derivada de copyright. El proyecto principalmente consistía en la elaboración de un conjunto de licencias que garantizasen que el software creado por el equipo de Stallman se mantuviera completamente libre en todas sus versiones posteriores. Los participantes en este proceso podían usar, compartir, modificar o mejorar cualquiera de las versiones libres de este software siendo obligados a ponerlo a disposición del resto de la sociedad sin ninguna restricción relativa a su explotación.
De esta forma se quería impedir que una vez puesto al servicio de toda la comunidad de usuarios sin ninguna restricción alguien pudiera cambiar estas condiciones. A diferencia de un programa bajo el dominio público en que también se pueden realizar cambios, copyleft impide que alguien lo convierta en un programa privativo. En un software bajo el dominio público cualquier persona que introdujera unas modificaciones en el mismo, lo podría distribuir como producto propio, es decir, el intermediario podría romper la cadena de uso libre iniciada por el autor originario y empezar a distribuir las versiones modificadas bajo su propio copyright.
En caso de copyleft, cualquiera que utilice el programa librey lo pretenda redistribuir, con o sin cambios, deberá otorgar al siguiente receptor la libertad de copiarlo o modificarlo, garantizando en todo momento el mantenimiento de estas condiciones iniciales.
Jesús Sánchez
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