Los proveedores de servicios de balance (BSP) son participantes en el mercado, como propietarios de instalaciones de generación o demanda, entre otros, que suministran energía, capacidad de equilibrio o ambas a su Operador del Sistema de Transmisión de conexión (en España, Red Eléctrica Española o REE).
Los proveedores de servicio de balance compensan las fluctuaciones imprevistas de la red eléctrica a solicitud de REE, aumentando o reduciendo rápidamente su producción de energía. Reciben una compensación por sus servicios del Operador del Sistema de Transmisión (TSO), en España, REE.
Esta compensación puede ser en forma de capacidad, por su disponibilidad durante el cierre de los mercados (capacidad de balance), o en forma de pago por la energía, cuando REE la activa en el mercado de equilibrado (energía de balance).
Por lo que respecta al sistema eléctrico peninsular español, los servicios de equilibrio incluyen:
- Regulación secundaria
- Regulación terciaria
- Activación de energía de balance procedente de reservas de sustitución (RR)
Actualmente, la asignación de energía de los mercados de ajuste de regulación secundaria y terciaria se circunscribe al ámbito nacional. Sin embargo, según lo previsto en el Reglamento (UE) 2017/2195, se realizará gradualmente a nivel europeo.
Dado que los requisitos técnicos y operativos para ser calificado como proveedor de estos servicios (BSP) son diferentes, este artículo se centra en las exigencias regulatorias necesarias para cada uno de estos servicios de regulación secundaria, terciaria y energía de balance procedente de reservas de sustitución (RR):
- Regulación Secundaria: Servicio voluntario cuya finalidad es mantener el equilibrio entre la generación y la demanda, corrigiendo automáticamente los desvíos respecto al programa de intercambio previsto en la zona del Bloque de Control “España” y los desvíos en la frecuencia del sistema.
- Regulación terciaria: Servicio de balance de activación de la reserva de potencia, que tiene por objeto mantener el equilibrio entre la frecuencia y la generación-demanda del sistema.
- Activación de la energía de balance de las reservas de sustitución (RR): Servicio de equilibrio para la activación de las reservas de potencia activa, con el propósito de resolver las desviaciones entre generación y consumo que puedan identificarse tras el cierre del mercado intradiario. Además, busca restablecer o mantener el nivel de energías de recuperación de frecuencia con activación manual y automática (energías de regulación secundaria y terciaria) necesarias para prepararse ante desequilibrios adicionales del sistema.
Requisitos para obtener la autorización como Proveedor de Servicios de Balance (BSP) por parte de REE
Todos los agentes del mercado que dispongan de unidades de programación de generación, demanda o almacenamiento, independientemente de su nacionalidad, podrán ser proveedores de servicios de balance (BSP) en el mercado español, siempre que cumplan con los requisitos técnicos establecidos. En calidad de operadores del sistema, REE verificará el cumplimiento de estas condiciones. Si se satisfacen todos los criterios, emitirá una habilitación previa a la entidad solicitante para convertirse en BSP en el sistema eléctrico peninsular español.
Por tanto, podrán ser proveedores de servicios de balance al sistema mediante una o varias unidades de programación, previo cumplimiento de los requisitos correspondientes:
- Los titulares de instalaciones de producción
- Los titulares de instalaciones de demanda
- Los titulares de instalaciones de almacenamiento
- Los terceros representantes de los titulares mencionados anteriormente y los agentes del mercado designados contractualmente.
Los requisitos que deben cumplir estos sujetos para obtener la autorización previa otorgada por REE se establecen en la normativa aplicable y son los siguientes:
Requisitos técnicos generales
Los requisitos para la regulación secundaria, la regulación terciaria o la provisión de reservas de sustitución son los siguientes:
- Las unidades de programación que soliciten ser BSP podrán estar formadas por una o varias unidades físicas, que a su vez podrán estar constituidas por una instalación o un conjunto de instalaciones
- Capacidad mínima de suministro de 1 MW
- Cumplimiento de los requisitos de intercambio de información con REE
- En el caso de integrar instalaciones renovables, de cogeneración y de residuos, éstas deberán haber superado las pruebas de control de producción
- Las unidades físicas que componen la unidad de programación deben superar pruebas específicas para participar en el servicio de balance correspondiente o haberse integrado en una unidad de programación que ya preste el servicio, y siempre que se cumplan las condiciones de no repetición de pruebas.
Requisitos específicos
La normativa aplicable establece requisitos específicos para ser habilitado como BSP en los servicios de regulación secundaria, terciaria o de tipo RR.
En términos generales, estos requisitos implican que la unidad de programación cumpla con los requerimientos estructurales y de intercambio de información en tiempo real establecidos en la normativa vigente.
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