Juntas Generales y Consejos de Administración telemáticos: ¿Cómo adaptarse a la nueva normativa?

En los últimos años, las empresas han adaptado sus estructuras organizativas a las nuevas tecnologías. Una de las transformaciones más destacadas ha sido la celebración de Juntas Generales y Consejos de Administración de manera telemática, una práctica que cobró especial relevancia tras la pandemia de COVID-19 y que impulsó el uso de herramientas digitales para garantizar la continuidad de la actividad empresarial en España. Desde entonces, la legislación ha evolucionado para permitir de forma permanente la celebración de juntas generales telemáticas o híbridas (combinando asistencia presencial y virtual), facilitando que socios y consejeros puedan participar de manera remota mediante herramientas digitales, como la videoconferencia.

Aspectos clave de las juntas generales y consejos telemáticos

A continuación, analizamos qué implican las juntas y consejos telemáticos en España, cómo se regulan, y qué aspectos deben considerar las empresas que deseen adaptarse a esta modalidad.

Cumplimiento normativo y requisitos legales

La implementación de estas reuniones requiere no solo cumplir con los requisitos legales establecidos, sino también garantizar la seguridad de las comunicaciones y la integridad de los acuerdos adoptados. Para ello, los estatutos de la sociedad deben contemplar expresamente la posibilidad de asistencia telemática y su aprobación debe contar con el respaldo de, al menos, dos tercios del capital social en una Junta General.

Garantía de seguridad y fiabilidad

Es fundamental que las empresas seleccionen herramientas tecnológicas que permitan una participación fluida, segura y verificable. Los medios utilizados deben garantizar la identificación y legitimación de los participantes, así como la interacción en tiempo real entre todos los asistentes, asegurando la unidad de acto. Minimizar los riesgos de suplantación de identidad o fallos técnicos es esencial para evitar que la validez de la reunión pueda ser cuestionada.

Impacto en la dinámica corporativa

Además de los aspectos técnicos y legales, las empresas deben considerar el impacto de esta modalidad en la toma de decisiones y en la implicación de los participantes. La eliminación de barreras geográficas puede fomentar una mayor asistencia y agilizar la gestión corporativa.

Tipos de reuniones permitidas

La normativa vigente contempla dos tipos de reuniones:

  • Reuniones híbridas o mixtas: aquellas en las que algunos socios y consejeros asisten presencialmente, mientras que otros lo hacen de forma virtual.
  • Reuniones íntegramente telemáticas: aquellas en las que todos los socios o consejeros concurren virtualmente.

Para ambas modalidades, los estatutos de la sociedad deben prever expresamente la posibilidad de asistencia telemática, garantizando que los medios utilizados permitan la identificación de los participantes.

Procedimiento para adaptar los estatutos sociales

Para que una empresa pueda celebrar reuniones telemáticas o híbridas, debe seguir los siguientes pasos:

  • Aprobación en Junta General: La modificación de los estatutos debe ser aprobada por, al menos, dos tercios del capital social.
  • Formalización del acuerdo: El acta de aprobación debe ser elevada a escritura pública.
  • Inscripción en el Registro Mercantil: La modificación de los estatutos debe inscribirse para que tenga validez legal.

Conclusión

La celebración de Juntas Generales y Consejos de Administración de forma telemática ha transformado el panorama corporativo en España, aportando flexibilidad y eficiencia tanto a empresas nacionales como extranjeras. Para operar conforme a la normativa española, las empresas deben conocer y cumplir los requisitos legales y técnicos necesarios que garanticen la transparencia, seguridad y validez de sus reuniones.

Si desea información adicional sobre las Juntas Generales y los Consejos de Administración telemáticos en España,

Este artículo no constituye asesoramiento jurídico

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