La Audiencia Previa del Trabajador: Un Paso Obligado en los Despidos Disciplinarios

En una decisión histórica que refuerza los derechos de los trabajadores en España, el Tribunal Supremo ha fijado doctrina sobre la obligatoriedad de realizar una audiencia previa antes de proceder con un despido disciplinario. Esta sentencia marca un cambio significativo en las relaciones laborales al imponer la obligación de escuchar al trabajador antes de tomar una decisión definitiva sobre su despido (enlace a la sentencia).

Este nuevo criterio jurisprudencial no solo garantiza el derecho a la defensa del trabajador, sino que también fomenta la transparencia y previene decisiones unilaterales o arbitrarias por parte de las empresas.

Principales Cambios Derivados de la Jurisprudencia

Obligatoriedad de la audiencia previa

El Tribunal Supremo ha declarado que, en los despidos disciplinarios, las empresas están obligadas a dar al trabajador la oportunidad de ser escuchado antes de tomar una decisión. Este procedimiento permite al trabajador aportar pruebas o explicaciones sobre los hechos que se le imputan.

Procedimiento de audiencia previa

  • Notificación al trabajador: La empresa debe comunicar al trabajador los motivos del despido propuesto y la convocatoria para la audiencia previa, garantizando un tiempo razonable para su preparación. Habitualmente, este plazo oscila entre 2 y 3 días hábiles.
  • Celebración de la audiencia: Durante la audiencia, el trabajador tiene derecho a exponer su versión de los hechos, aportar pruebas y estar acompañado por un representante legal o sindical, si así lo desea.
  • Resolución motivada: Una vez concluida la audiencia, la empresa debe emitir una resolución por escrito que refleje si procede o no el despido disciplinario.
  • Documentación del procedimiento: Todo el proceso debe quedar registrado, incluyendo las alegaciones del trabajador y los razonamientos de la empresa, para garantizar la trazabilidad del procedimiento.

Mayor control judicial sobre los despidos

El incumplimiento del trámite de audiencia previa puede dar lugar a la declaración de improcedencia del despido, aumentando la supervisión judicial sobre estos procedimientos. Además, dado que esta nueva exigencia es reciente, podrían surgir consecuencias adicionales, como indemnizaciones complementarias o sanciones a las empresas.

Adaptación de las políticas empresariales

Las empresas deben revisar y adaptar de inmediato sus protocolos internos para cumplir con este nuevo estándar. Esto podría requerir una actualización integral de los procedimientos disciplinarios actuales.

Conclusión

La jurisprudencia del Tribunal Supremo sobre la obligatoriedad de la audiencia previa en los despidos disciplinarios supone un avance significativo en las garantías laborales en España, como resultado de la aplicación del art. 7 del Convenio OIT nº 158 (Organización Internacional del Trabajo), vigente en España desde 1986.

Garantizar la audiencia previa del trabajador en los despidos disciplinarios es esencial para evitar la declaración automática de improcedencia del despido y posibles sanciones adicionales futuras.

Si necesita información adicional sobre la audiencia previa del trabajador, orientación para implementar estas prácticas en su organización o apoyo legal en casos concretos,

Este artículo no constituye asesoramiento jurídico

Noticias relacionadas