La creación de clases de participaciones en startups: una estrategia clave en la inversión de private equity y venture capital

Cuando un fondo de capital riesgo o private equity entra en el capital social de una startup, debe negociar con sus socios fundadores la regulación de las relaciones como socios que surgen a raíz de la inversión. Esto se suele hacer a través de un pacto de socios y/o acuerdo de inversión.

Objetivo del Fondo de Capital Riesgo

El objetivo principal del fondo de capital riesgo es la maximización del retorno de su inversión y su salida del proyecto transcurrido un tiempo. Para asegurar dicho fin, es común que se negocien y acuerden algunos derechos preferentes. En términos económicos, esto se traduce generalmente en la prioridad en cobrar, frente a los demás socios, cuando se produce cualquier evento de liquidez en la startup, o en un derecho de salida mediante una put option (opción de venta). 

Mecanismos utilizados: las clases de participaciones sociales

Para estos fines, uno de los mecanismos más utilizados es la creación de distintas clases de participaciones sociales. Este mecanismo permite a los inversores y fundadores alinear sus incentivos y proteger sus intereses en la startup. En el ordenamiento jurídico español, este instrumento es viable ya que la Ley de Sociedades de Capital prevé que las participaciones sociales de una misma sociedad puedan otorgar derechos diferentes.

Según la normativa española, el capital social de una sociedad puede dividirse en clases, y, a su vez, una clase puede estar compuesta de varias series. En general, las participaciones de una clase y/o serie tienen atribuidos los mismos derechos. Por lo tanto, este mecanismo es idóneo para el reconocimiento de derechos preferentes a alguno de los socios, como puede pretenderse cuando un fondo de capital riesgo entra en el capital de una startup.

Derechos preferentes

Privilegios económicos

En primer lugar, pueden establecerse privilegios económicos. Para rentabilizar su inversión en una startup, los fondos suelen asegurarse ser los primeros en cobrar (o cobrar un importe mínimo por participación en detrimento de los demás socios) cuando se produce un evento de liquidez o de reparto de beneficios. De igual forma, en los supuestos de venta de las participaciones o de liquidación de la sociedad, los fondos se reservan un derecho de cobro preferente frente a los demás socios. Por tanto, estos últimos únicamente percibirán un retorno si previamente se ha podido satisfacer el derecho preferente del inversor.

Privilegios políticos

Por otro lado, pueden constituirse también privilegios políticos. Dado que cuando un fondo entra en el capital de una startup suele aportar orientación en el ámbito empresarial y estratégico del desarrollo de la sociedad, es habitual que se reserven la posibilidad de controlar las decisiones de los órganos sociales en determinados aspectos. En este sentido, puede establecerse que será necesario el voto a favor de las participaciones que ostenta el fondo para adoptar acuerdos sobre ciertas materias en el seno de la junta general.

Otros privilegios

Finalmente, también se pueden aparejar a una clase de participaciones sociales las prerrogativas que acuerden los futuros socios en el marco de las negociaciones de la entrada del fondo. En este sentido, es frecuente que se establezca un derecho de información, en virtud del cual el fondo, por ejemplo, pueda controlar la marcha de la sociedad y, por ende, de su inversión.

En síntesis, la creación de clases de participaciones en una sociedad es un método de gran utilidad para articular la inversión de un fondo en una startup, ya que permite optimizar el retorno de la misma y proteger sus intereses. 

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Este artículo no constituye asesoramiento jurídico

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