El acreedor extranjero en el concurso de acreedores en España (2): La comunicación del crédito
La comunicación del crédito por parte del acreedor extranjero debe realizarse en el plazo de un mes desde la publicación en el BOE de la declaración del concurso y debe efectuarse, por regla general, en castellano. Aunque no está obligado a ello, es recomendable que el acreedor extranjero efectúe dicha comunicación a efectos de su calificación y posterior satisfacción.