¿Se pueden impugnar los acuerdos de la comunidad de propietarios?
El propietario que considere que una decisión de la Junta de Propietarios de la Comunidad de Propietarios a la que pertenece es claramente lesiva para sus intereses o le supone un grave perjuicio que no tenga el deber de soportar, podrá impugnarla por vía judicial.