Los trámites para la aprobación de instalaciones solares fotovoltaicas en España son complejos. A continuación, resumimos los puntos más relevantes, así como la documentación necesaria a aportar.
1. Identificación de terrenos o tejados
A la hora de iniciar los trámites para la instalación de un parque solar fotovoltaico, la primera cuestión es identificar un lugar, ya sea terreno o tejado, que reúna las condiciones técnicas y económicas adecuadas.
En ambos casos resulta fundamental que la superficie esté bien orientada y cuente con un punto de acceso a la red de acuerdo con las características técnicas requeridas.
Un estudio previo del terreno resulta trascendental ya que, por norma general, será preceptiva la obtención de una licencia por parte de la Comunidad Autónoma dónde vaya a instalarse el parque solar fotovoltaico.
Posteriormente, y una vez localizada la superficie, habrá que abordar la operación desde un punto de vista legal, procediendo a la compra, arrendamiento o cesión de un derecho de superficie sobre el terreno donde se desee desarrollar el proyecto.
2. Aval
Para aquellos proyectos en los que se superen ciertos umbrales de potencia, será obligatorio el previo depósito de un aval, que actuará en forma de garantía económica del proyecto. Por lo tanto, no sólo resulta conveniente conocer de antemano la potencia prevista del proyecto, sino que es completamente necesario, toda vez que la cuantía del mencionado aval, será proporcional a la potencia prevista para el proyecto.
3. Punto de conexión
Se trata del trámite más relevante en el procedimiento de instalación de un parque solar fotovoltaico.
La normativa aplicable es diversa y se complementa entre sí según la actividad concreta a desarrollar. Véase, entre otros:
- El Real Decreto 1699/2011, de 18 de noviembre, por el que se regula la conexión a red de producción de energía eléctrica de pequeña potencia
- El Real Decreto 413/2014, por el que se regula la actividad de producción de energía eléctrica a partir de fuentes de energías renovables, cogeneración y residuos
- El Real Decreto 900/2015, por el que se regulan las condiciones administrativas, técnicas y económicas de las modalidades de suministro de energía eléctrica con autoconsumo y de producción con autoconsumo.
Documentación para la obtención del punto de conexión
De forma genérica, la documentación que el promotor deberá presentar a la empresa distribuidora es la siguiente:
- Proyecto visado y elaborado por un experto en el sector
- Resguardo de pago de las tasas correspondientes
- Documentación administrativa
- Punto de conexión propuesto
- Informe del gestor de la red de distribución de la zona.
Para las instalaciones de potencia superior a 1 MW o que formen parte de una agrupación de potencia mayor a 1 MW, la regulación exige como requisito previo al inicio de cualquier solicitud, un informe favorable por parte de un Operador del Sistema desde la perspectiva de la red de transporte.
En España Red Eléctrica España, S.A. es el operador responsable de garantizar el acceso de terceros a la red de transporte con objetividad, transparencia y no discriminación.
4. Aprobación del proyecto por la Comunidad Autónoma
Para que se produzca la aprobación del proyecto por la Comunidad Autónoma, el promotor deberá:
- Solicitar la autorización administrativa y la aprobación del proyecto de ejecución por parte del órgano autonómico competente
- Aportar a la empresa distribuidora copia de la solicitud de la autorización administrativa, justificación de la presentación del proyecto básico y programa de ejecución ante la Comunidad Autónoma correspondiente
- Entregar a la empresa distribuidora la autorización administrativa y la aprobación del proyecto por parte de la Comunidad Autónoma pertinente.
Una vez finalizados estos pasos, el promotor podrá iniciar la ejecución del parque fotovoltaico, concluyendo con la inscripción en el Registro Administrativo de Instalaciones de Producción de Energía Eléctrica.
Andrea García & Manuel Álvarez-Sala
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